El diputado Carlos Cruz López presentó una iniciativa de adición a
la Constitución Política del Estado de Guerrero para establecer como requisito de
las y los candidatos al gobierno estatal no ser cónyuge o concubino, hermana o
hermano, padre o madre, hija o hijo, ni tener parentesco consanguíneo o por
afinidad hasta el cuarto grado con el mandatario en turno.
Al exponer su iniciativa, el diputado integrante del Grupo
Parlamentario de Morena reseñó que el nepotismo tiene una historia milenaria
que cada vez se hace más presente, al ser una práctica muy recurrente que personalidades
que han ostentado cargos públicos, y por el poder que ostentan, otorgan cargos públicos
a miembros de su familia y amistades, únicamente por la vinculación política, y
no por méritos.
Añadió que esta situación genera violación de normas éticas y
jurídicas plasmadas en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que
señala que debe haber igualdad en el acceso a los cargos públicos.
Indicó que si bien es cierto la legislación federal prohíbe que un
servidor público pueda promover en sus áreas de influencia a familiares y
amigos de hasta cuarto grado, esto no restringe que familiares de políticos
puedan ser candidatos en elecciones, convirtiendo dicha acción en nepotismo
político.
Tal situación permite que familiares de políticos ostenten cargos honoríficos
para proyectar su imagen ante la ciudadanía, facilitando y haciendo uso de la
infraestructura gubernamental, y así posicionarse para después participar en un
proceso de elección, o en su defecto sustituir al familiar que les antecede,
ocasionando conflicto de intereses porque no se realizan las investigaciones
pertinentes a la administración saliente, justo por los lazos familiares.
La propuesta del diputado Cruz López fue
turnada a la Comisión de Estudios Constitucionales y Jurídicos para su análisis
y dictaminación.
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