Derechos de la niñez guerrerense, por encima de usos y costumbres: Paola Juárez - Alex Linares

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jueves, 18 de noviembre de 2021

Derechos de la niñez guerrerense, por encima de usos y costumbres: Paola Juárez




Colocar los derechos de las niñas y niños por encima de los usos y costumbres, propuso la diputada Paola Juárez Gómez en una iniciativa de reformas a la Constitución Política del Estado de Guerrero.

La diputada expuso que la venta de niños, niñas y adolescentes con fines de unión matrimonial, a cambio de prebendas económicas o en especie, o la simple unión en matrimonio sin el consentimiento expreso, es una conducta que trastoca todo principio del derecho, de la dignidad humana y, sobre todo, los establecidos y reconocidos por el Estado Mexicano en la Convención Sobre los Derechos del Niño.

Juárez Gómez refiere que los matrimonios forzados, la trata, la violencia física y sicológica, el abuso sexual y los feminicidios son situaciones que enfrentan las mujeres por el sólo hecho de serlo, pero también por el ambiente de desigualdad en que viven, lo que refuerza la desvalorización de género, citando a Claudia Hasanbegovic, doctora en políticas sociales.

Hace notar también que, aunque las uniones hechas bajo el régimen de usos y costumbres no se registran, el despacho de Consultores en Administración y Políticas Públicas hizo un recuento de matrimonios legales en el Registro Civil de Chiapas durante el 2015, donde contabilizaron 747 actas matrimoniales en que la contrayente tenía entre 12 y 17 años, pero el primer lugar lo ocupó Guerrero, con 795 actas.

Advierte que la Constitución Política reconoce el derecho de los pueblos y comunidades indígenas a la libre determinación y, en consecuencia, a la autonomía para aplicar sus propios sistemas normativos; sin embargo, deben respetarse los derechos humanos, y de manera relevante la dignidad e integridad de las mujeres.

Por ello, la legisladora plantea, entre otras cosas, adicionar un párrafo al artículo 5 de la Constitución donde establece que los derechos de las niñas, niños y adolescentes “serán preferentes sobre cualquier uso y costumbre; el Estado y la sociedad están obligados a garantizar la protección de sus derechos, principalmente aquellos que se refieran a su desarrollo personal integral y a la adopción de las medidas que por su condición de persona lo exijan”.

La legisladora concluye que la aplicación de usos y costumbres no puede estar por encima de cualquier principio sobre la dignidad humana de la persona, y el consentimiento de quien deba unirse en matrimonio, por el simple hecho de ser menor de edad, debe estar regulado por la autoridad y no puede dejarse a simple arbitrio de una comunidad o de las personas en particular.

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