La diputada Susana Paola Juárez Gómez propuso reformar
el Código Penal del estado para castigar con 4 y hasta 10 años de prisión a
quien obligue a una niña, adolescente o mujer a contraer matrimonio o
concubinato con otra persona, penas que ascenderán de 20 a 40 años cuando el
motivo de la unión sea prostituir o someter a la persona a trabajos domésticos,
de campo o esclavitud.
En su propuesta que analiza la Comisión de Justicia,
la legisladora señala que los matrimonios forzados, la trata de
personas, la violencia física y sicológica, el abuso sexual y los feminicidios
son situaciones que enfrentan las mujeres por el sólo hecho de serlo, pero
también por el ambiente de desigualdad en que viven, lo que refuerza la
desvalorización de género.
Añade
que, de acuerdo con los diferentes tratados internacionales, los matrimonios
forzados son una violación de los derechos humanos y una forma de violencia de
género que sufren en su mayoría mujeres y niñas. Ante esto, indicó que en Guerrero la Ley para Prevenir y
Erradicar la Trata de Personas y Para la Protección, Atención y Asistencia de
las Víctimas, Ofendidas y Testigos de estos Delitos es omisa en el señalamiento
específico de la sanción de esta conducta.
Por
lo anterior, Juárez Gómez aseguró que existe la necesidad
de legislar al respecto y establecer en el marco normativo no sólo las
conductas de matrimonio forzado, sino todas aquellas que incidan en la trata de
personas.
“Vamos
por pasos; en este momento, y debido a que requiere de un estudio especial cada
conducta, proponemos lo relativo al matrimonio forzoso y sus implicaciones,
porque esta acción no es exclusiva de un estado o nación, sino generalizada en
todo el mundo, por lo que requiere de toda la atención”, planteó.
Además
de las penas de 4 a 10 años de prisión, se impondrá multa de 200 a 2 mil
Unidades de Medida y Actualización a los progenitores, familiares o quien tenga
autoridad sobre la mujer y la obligue a unirse en matrimonio con otra persona,
sea de manera gratuita o a cambio de pago en dinero o en especie,
Asimismo,
cuando la unión sea con fines de prostituir a la persona, someterla a trabajos
domésticos o de campo, de esclavitud o prácticas similares, se impondrán penas
de 20 a 40 años de prisión y multas de 2 mil a 30 mil Unidades de Medida y
Actualización, además de que en todos los casos en que se acredite esta
conducta, se declarará nulo el matrimonio.
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