El Congreso local aprobó reformas al Código Penal para que la autoridad
judicial pueda reducir las penas por el delito de daño ambiental hasta en una
mitad, en caso de que el imputado o procesado repare o compense voluntariamente
el daño ocasionado.
La disminución de la pena procederá cuando se realice o garantice la
reparación o compensación del daño como lo establece la Ley de Responsabilidad
Ambiental del estado, antes de que tal obligación le haya sido impuesta por
resolución administrativa o sentencia judicial, realizando acciones para
restablecer las condiciones ecológicas y el pago por los daños que se ocasionen
a la salud e integridad de las personas.
La iniciativa de reforma fue presentada por la diputada Eunice Monzón García y el diputado Manuel Quiñónez Cortés, integrantes
del Partido Verde Ecologista de México, quienes consideran que es obligación de
la población garantizar un medio ambiente sano para el desarrollo y bienestar
de todas personas, por lo que resulta importante que cuando se cometan
afectaciones y deterioro ambiental y humano, se asuma la responsabilidad y se
obligue a la reparación del daño.
Por lo anterior, y una vez analizada la propuesta por la Comisión de
Justicia, se consideró añadir a la Ley en comento, sin que pierda el sentido y
objetivo, la realización de peritajes con cargo al imputado que permitan
conocer si se reparó o se realizó la compensación ambiental correspondiente,
para que se ejecute la atenuación de la punibilidad por arrepentimiento del
activo y ésta pueda operar plenamente, al considerar que los bienes jurídicos
tutelados de naturaleza ambiental pueden poseer las características renovables
y en otras ocasiones su condición es
irrecuperable.
Por lo anteriormente expuesto, la Comisión de Justicia dictaminó en
sentido positivo debido a la importancia que tiene el cuidado al medio ambiente,
dejando plasmado en el Código Penal, de manera clara, el proceso de reparación
del daño para las personas que afectan el medio ambiente.
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