La LXII Legislatura aprobó reformas al Código Penal del estado para imponer de seis a doce años de prisión y de tres mil a nueve mil quinientos días de multa de la Unidad de Medida de Actualización, a quien de manera individual o colectiva pretenda, mediante el uso de la violencia y actos intimidatorios, poseer, usar u ocupar temporal o permanentemente el domicilio, patrimonio, posesiones y viviendas de una persona o grupo, ocasionando el abandono de éstos.
Esta
reforma y adición se dieron en el capítulo de Delitos de Desplazamiento Interno
Forzado, resaltando que dicha penalidad aumentará al doble cuando se cometa en contra
de grupos vulnerables, entre ellos niñas, niños, adolescentes, adultos mayores,
personas con capacidades diferentes, periodistas y defensores de los derechos
humanos.
El
delito de desplazamiento interno forzado y su comprobación requerirá de querella y deberá ser
perseguido por la autoridad ministerial respectiva, por ser un asunto de orden
público e interés social, y no se entenderá por desplazamiento interno forzado
el movimiento de población que realice la autoridad cuando tenga por objeto la
seguridad de las personas.
La
Comisión de Justicia coincidió con la diputada promovente Mariana García
Guillen, de Morena, en la necesidad de estas adecuaciones al Código Penal para dejar
en claro la presunción del supuesto jurídico que implica el acto intimidatorio
y violento del desplazamiento interno forzado, y sea más comprensible el
lenguaje en la materia penal, para no dejar lagunas y con el firme propósito de
erradicar este fenómeno social.
De
acuerdo con el reporte anual de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de
los Derechos Humanos (CMDPDH), Guerrero superó a Chiapas, Michoacán, Oaxaca y
Sinaloa en la incidencia de este delito, dejándolo como el estado de la
República Mexicana donde más personas se desplazan de sus hogares debido a
conflictos violentos suscitados desde el año 2018.
Esta
situación que ha obligado más de 5 mil personas a dejar sus hogares en al menos
22 comunidades de ocho municipios de Guerrero -San Miguel Totolapan, Leonardo
Bravo, Eduardo Neri, Zitlala, Apaxtla, Ajuchitlán del Progreso, Petatlán y La
Unión- ha sido por agresiones directas y enfrentamientos de grupos delictivos.
Se
refiere que las víctimas de desplazamiento son por lo general niños, niñas y
adolescentes, indígenas, estudiantes, profesionistas, adultos mayores,
campesinos, pequeños propietarios de negocios, empresarios, activistas,
periodistas, defensores de derechos humanos, funcionarios públicos y
mayoritariamente mujeres, madres de familia que ante eventos de violencia se
ven obligadas a huir con la finalidad de salvaguardar su vida y la del resto de
su familia.
Por
todo lo anterior, la Comisión de Justicia dictaminó la iniciativa de reforma al
Código Penal para crear un marco jurídico que atienda, proteja y asista las
necesidades especiales de las personas desplazadas.
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