Con las reformas que hizo el Congreso del
Estado al Código Penal de Guerrero, la violación contra menores de edad se
castigará de 12 a 24 años de prisión y de 600 a mil 200 días de multa del valor
diario de la Unidad de Medida de Actualización.
Con estas reformas, la violación equiparada
también se sancionará de 16 a 40 años de prisión, contra quien sin violencia
realice cópula con personas menores de 15 años de edad que no tengan la
capacidad de comprender el significado del hecho o que por cualquier causa no
puedan resistirlo, y en caso de que se ejerza violencia física o moral, el mínimo
y el máximo de la pena se aumentará hasta en una mitad.
El objetivo de las reformas a los artículos
del 178 al 181 del Código Penal del Estado de Guerrero es porque el abuso
contra menores de edad es un problema multifactorial que incluye diversos delitos,
entre ellos el sexual, y porque generalmente quienes agreden a las niñas y
niños forman parte de su círculo de “cuidado” y convivencia inmediata.
De acuerdo con la información de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, del
total de quejas recibidas por agresiones sexuales en centros escolares, en 61.5
por ciento de los casos las víctimas sufrieron abuso sexual, violación y
violación equiparada.
Con estas reformas que dictaminó la Comisión
de Justicia, se incrementó la penalidad por la gravedad de delito y por la protección del bien jurídico
tutelado por el Estado, que es entre otras cosas el del desarrollo sexual y
normal de las niñas, niños y adolescentes.
También, en el caso del abuso sexual, al que
sin consentimiento de una persona, sea cual fuere su sexo y sin el propósito de
llegar a la cópula, ejecute en ella un acto o la haga ejecutarlo, se le
impondrá de tres a seis años de prisión y una multa de 450 a 900 del valor
diario de la Unidad de Medida y Actualización.
Y cuando el abuso sexual se cometa en
personas menores de 12 años que no tengan capacidad de comprender el
significado del hecho, o que por cualquier causa no puedan resistirlo, se
aplicará una pena de 10 a 15 años de prisión y una multa de 450 a 900 del valor
diario de la Unidad de Medida y Actualización, y pago de la reparación del
daño.
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