Para garantizar la
protección de los adultos mayores, estableciendo que el usufructo por la
donación de bienes inmuebles se dé hasta el último día de vida del donante, a
efecto de evitar despojos y otros abusos contra ellos, el diputado Marco
Antonio Cabada Arias propuso una iniciativa de adición al Código Civil del
Estado de Guerrero.
El
diputado por Morena explicó que es necesario modificar el Código Civil porque el
despojo de bienes y la invasión de sus propiedades es un problema que enfrentan
millones de mexicanos.
Dijo
que, específicamente en Guerrero, se reportan muchos casos de abuso contra
personas de la tercera edad que son despojadas de sus propiedades por parte de
sus familiares, en especial de sus viviendas, al considerar que ya donados los
bienes pueden hacer uso de ellos.
Por
lo antes mencionado, Cabada Arias considera necesario y urgente establecer un
parámetro para que toda aquella persona que reciba la donación de un inmueble se
vea obligado a respetar la vivienda de quien se la donó hasta el momento en que
ésta fallezca.
En
la adición al Código Civil, el legislador propone que exista un límite en el
que se exprese la necesidad del donante de utilizar el inmueble, para lo cual
el notario, al expedir el instrumento público de donación, deberá incluir la
cláusula de usufructo vitalicio sobre los bienes otorgados.
Reiteró
que con esta medida se pretende proteger a las personas de la tercera edad y
garantizarles su estabilidad física, económica y emocional, ya que, ante el
despojo de sus propiedades, en muchas ocasiones recurren a la denuncia, lo que
resulta en gastos y desgaste físico y emocional para el adulto mayor.
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